Por unanimidad, la Asamblea Nacional se allanó a la objeción parcial del Presidente de la República, Guillermo Lasso, al proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), y con ello la norma pasará a publicación en el Registro Oficial.

Como se recuerda, el 13 de octubre de 2022, el Pleno Legislativo aprobó la reforma al Cootad, que viabiliza la aplicación de la enmienda constitucional al artículo 272, aprobada en enero de 2021, que agrega como cuarto criterio para la distribución de recursos, el número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales correspondientes al territorio y jurisdicción del gobierno autónomo descentralizado provincial.

La objeción del Ejecutivo a la Disposición Transitoria Primera determina que para que el Consejo Nacional de Competencias actualice las ponderaciones de los criterios constitucionales, incluyendo el número de kilómetros existentes, planificados y proyectados, debe contar con información actualizada proporcionada por el ente rector en materia de vialidad, razón por la cual el plazo debe estar sujeto a que dicha entidad publique la información necesaria.

El legislador ponente, Lenin Barreto señaló que en el análisis del proyecto la Comisión de Gobiernos Autónomos concluyó que la propuesta no contraviene el texto aprobado por el Legislativo en segundo debate, sino que aporta a la ejecución de la ley.

Otra de las propuestas fue la del legislador lojano Byron Maldonado, “Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)” el cual propone agregar el criterio adicional correspondiente al número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales, para el caso de los GAD provinciales. Además, plantea tentativamente una fórmula de cálculo del criterio a agregarse. Cumpliendo con la Enmienda Constitucional aprobada en enero de 2021.

La reforma propone varias disposiciones transitorias a fin de que:

➢ El Consejo Nacional de Competencias actualice los pesos de cada criterio
➢ El ente rector en materia de vialidad establezca el catastro vial
➢ El ente rector de las finanzas públicas actualice la distribución presupuestaria

Es importante mencionar algunos antecedentes que motivaron el desarrollo de esta iniciativa: El Art. 272 de la Constitución determinó que la distribución de los recursos entre los GAD debía ser regulada por la ley, teniendo como criterios:

• El tamaño de la población
• La densidad de la población
• Las necesidades básicas insatisfechas
• Los logros en el mejoramiento de los niveles de vida
• Capacidad fiscal
• Esfuerzo administrativo
• El cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del respectivo GAD

El COOTAD, publicado el 19 de octubre de 2010, desarrolló lo dispuesto en la Carta Magna, acogiendo y ponderando los criterios de distribución.

Más de una década después, la Asamblea Nacional consideró que no se había tomado en cuenta una de las competencias más importantes de los GAD provinciales, como es la de planificar, construir y mantener el sistema vial en el ámbito provincial, prescrita en el numeral 2 del artículo 263 de la Constitución.

La Asamblea Nacional aprobó, el 17 de enero de 2021, la enmienda del artículo 272, agregando como criterio, el número de kilómetros existentes, planificados y proyectados de vías rurales correspondientes al territorio y jurisdicción de cada GAD provincial.