El agente abatió a dos hombres que huían luego de asaltar a un menor de edad, en Riobamba. Fue sentenciado por extralimitación de un acto de servicio.

La sala penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo incrementó de 3 a 13 años de la sentencia en contra del cabo segundo de la Policía, Santiago Olmedo, quien fue hallado culpable por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, por abatir con disparos a dos delincuentes que huyeron tras asaltar a un menor de edad, en Riobamba.

En enero de 2022 fue condenado a una pena de tres años y cuatro meses de prisión, más el pago de una multa de 10 salarios básicos ($ 4.250) y una reparación integral de $ 10.000 a favor de los familiares de los hombres fallecidos Henry Brayan C. S., de 21 años, y Diego Fabián M. S., de 34.

La Fiscalía General del Estado (FGE) apeló el fallo del Tribunal de Garantías Penales y el jueves 25 de agosto la Corte de Chimborazo aceptó el recurso legal, durante la audiencia de apelación, por voto de la mayoría de jueces.

La decisión fue tomada con base en el reformado artículo 293 -en concordancia con el artículo 46, numeral 14– del Código Orgánico Integral Penal (COIP), explicó la Fiscalía. Además, se rechazó la apelación que interpuso el procesado.

El hecho ocurrió el 11 de junio de 2021, en el barrio San Miguel de Tapi, en Riobamba.

Ese día, según la Fiscalía, tres agentes de la Dinased, entre ellos Santiago Olmedo, se movilizaban desde el distrito Naranjal hacia Quito y observaron que un adolescente era víctima de asalto, por parte de Henry Brayan C. S.

El delincuente emprendió a la fuga cuando se percató de la presencia policial, mientras era perseguido por Olmedo y otro gendarme -que no fue procesado).

Henry Brayan C. S. se subió a una motocicleta en la que lo esperaba Diego Fabián M. S., fue entonces cuando el policía Santiago Olmedo usó arma de dotación a 200 metros de distancia y disparó más de una decena de veces por las espalda a los ocupantes.

La Fiscalía acusó al uniformado por no observar ni considerar el uso progresivo o racional de la fuerza en los criterios necesidad y proporcionalidad. Como pruebas presentó testimonios, audio y video de las cámaras de seguridad del ECU 911, informes de reconocimientos del lugar de los hechos y evidencias, experticia de trayectoria balística, y la pericia de análisis de uso progresivo de la fuerza.

Santiago Olmedo ha reiterado durante todo el proceso que su actuación no fue extralimitada, que procedió de acuerdo a los protocolos.

Según su versión, tras perseguir a Henry Brayan C. S. fue emboscado por otros dos individuos que pusieron en riesgo su vida. Uno de los antisociales lo quiso atacar con un cuchillo, otro portaba un arma y un tercero hizo un gesto con la mano como si fuera a sacar un arma de la cintura; por eso abrió fuego, para protegerse, justificó el policía. (www.eluniverso.com)