La mañana de este día viernes 30 de septiembre, en la sede de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, los delegados de las diferentes Organizaciones de Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador, en conjunto con los representantes del Gobierno Nacional, procedieron a la firma del acta de cierre de la mesa denominada: Seguridad, Justicia y Derechos, la misma que inicio su trabajo el día miércoles 14 de septiembre.
En esta acta se han plasmado puntos de acuerdo y desacuerdo, así como tambien los puntos pendientes y los procesos de seguimiento. Cabe mencionar que esta mesa contó con la participación de varias funciones del Estado como Fiscalía General de La Nación, Consejo de la Judicatura y Defensoría del Pueblo
Construcción de una política y un protocolo de protección defensoras y defensores de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza
ACUERDOS:
Conformar una mesa técnica para:
1.Identificar a las personas que requiere una atención inmediata, afectadas por las movilizaciones sociales de los años 2019 y 2022.
2.Definir el tipo de asistencia que requiere cada una de las personas afectadas por las movilizaciones de los años 2019 y 2022.
DESACUERDO:
La creación de un fondo emergente para la atención a las personas afectadas por las movilizaciones sociales del año 2019 y 2022.
Las Organizaciones Sociales y Organizaciones de los pueblos y nacionalidades Indígenas solicitan, como parte de la reparación integral, que haya una disculpa pública a las Organizaciones Sociales y Organizaciones de los pueblos y
nacionalidades Indígenas, tomando en consideración las declaraciones de las autoridades con relación a las movilizaciones de junio del 2022. El Gobierno Central indica que no era una propuesta planteada en el informe que se expuso en la sesión del 15 de septiembre, pero en el evento que el pedido de disculpas públicas sea parte de la reparación integral solicita que se siga el debido proceso ante la instancia jurisdiccional, como se dejó planteado anteriormente.
Identificar a las y los comuneros, comuneras y autoridades territoriales y defensores y defensoras de derechos humanos, que han sido criminalizados, cuyos casos se encuentran tramitando a nivel nacional
ACUERDO:
Será un objetivo de la mesa técnica la identificación de los comuneros o comuneras defensores y defensoras de los derechos humanos.
Capacitar a todas las instituciones del Estado en estándares internacionales sobre la defensa de los derechos, estándares
internacionales sobre protesta social, uso legítimo de la fuerza, etc.
ACUERDO:
El Gobierno, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, se compromete para que en el término de 30 días, contados desde el día de hoy 30 de septiembre del 2022, en diseñar un programa permanente de capacitación donde se recoja la no discriminación con enfoque intercultural, protección de derechos, derechos colectivos y protesta social, para transversalizar en los procesos de capacitación de todos los ministerios. Para extender la capacitación a los servidores del sistema judicial se coordinará con las entidades del sector justicia. En el diseño e implementación del programa de capacitación participarán las organizaciones de pueblos y nacionalidades indígenas.
5.Se articule todas las medidas para el cumplimiento cabal de las recomendaciones realizadas por la CIDH al Ecuador y otros mecanismos de protección de derechos en el marco de la protesta social
ACUERDO
El Gobierno Central, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, presentará un
informe de la implementación de las recomendaciones de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, en el plazo de 30 días, contados a partir del
día de hoy 30 de septiembre de 2022.
Éste acuerdo rige también para la demanda número 9.
La Defensoría del Pueblo debe realizar el seguimiento de las medidas de
cumplimiento obligatorio dictadas en el contexto de las movilizaciones.
Informar sobre las medidas adoptadas para el seguimiento del cumplimiento
de las medidas de cumplimiento obligatorio adoptadas y las acciones
adoptadas contra las y los servidores públicos que hayan incumplido dichas
disposiciones
ACUERDO
La Defensoría del Pueblo, hasta el día miércoles 05 de octubre, proporcionará la
información sobre las medidas de cumplimiento obligatorio, dictadas en el contexto
de las movilizaciones.
La Fiscalía se compromete, en orden a respetar los derechos reconocidos
en la Constitución y tratados internacionales a: Página 36 de 41 a abstenerse
de utilizar los tipos penales para criminalizar el ejercicio del derecho a la
resistencia y la protesta de quienes participaron en el paro de junio del 2022
DESACUERDOS
La Fiscalía General del Estado informa que ninguna autoridad judicial o
administrativa puede disponer el archivo de las investigaciones aperturadas, siendo
esta facultad exclusiva de los Agentes Fiscales asignados para la sustanciación de
la fase pre procesal iniciada, decisión que conforme lo previsto en el artículo 587 del
Código Orgánico Integral Penal, está sujeta a la valoración del juzgador, quien
puede aceptar el pedido o remitirlo en consulta a los Fiscales Provinciales para su
ratificación o revocatoria.
8.El Ministerio de Gobierno, del Interior y de Defensa se comprometen a entregar
todos los protocolos internos, mallas curriculares y todos los procedimientos
relacionados con el uso de la fuerza en contexto de manifestaciones y protestas,
tanto de la policía nacional como de fuerzas armadas para que puedan ser
analizados por la ciudadanía con enfoque de derechos y a recibir e incorporar
observaciones en los mismos
DESACUERDO
No existe un acuerdo en el presente punto entre las Organizaciones Indígenas y el
Gobierno Central
9.Todas las entidades del Estado se comprometen a cumplir cabalmente las
recomendaciones realizadas por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en sus observaciones de su visita al Ecuador de 14 de enero de 2020
ACUERDO
El Gobierno Central se compromete a cumplir con las recomendaciones de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de enero del 2020, realizadas
al Estado ecuatoriano.
SEGURIDAD CIUDADANA Y PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD
10.Se asegure la máxima participación de la sociedad civil y familiares de
personas en prisión en cada fase de la ejecución de la política pública de
rehabilitación social 2022-2025, y que se asegure su cabal implementación,
asignando todos los recursos necesarios para el efecto. Para ello, reformar la
normativa correspondiente a fin de que, en el Directorio del Organismo Técnico
del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, se incorpore de forma
permanente delegados de la academia, organizaciones de familiares de
personas privadas de libertad, organizaciones de defensa de derechos, entre
otras
ACUERDO:
El Gobierno, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, se compromete a
formalizar, por parte del Directorio del Organismo Técnico del Sistema Nacional de
Rehabilitación Social, mediante resolución, la participación de representantes de la
academia, organizaciones de familiares de personas privadas de libertad,
organizaciones de defensa de Derechos Humanos, organizaciones sociales,
organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas; en las reuniones de este
cuerpo colegiado y sus mesas técnicas.
11.Exigimos que cese la política de austeridad para el sistema de
rehabilitación integral y reinserción en la sociedad para las personas
privadas de libertad y que se asignen los recursos del presupuesto fiscal que
fueron programados previos a las políticas de austeridad y recorte del gasto
público
ACUERDO:
La Secretaría de Derechos Humanos se compromete a entregar un informe
explicativo, compilando la información de todas las instituciones que intervienen en
el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, de las asignaciones presupuestarias
para la atención de los privados de la libertad, con el detalle de gastos que se
realiza para la atención de las mismas, el mismo que será entregado en 30 días
contados a partir del día de hoy 30 de septiembre del año 2022.
12.Exigimos se asigne presupuesto suficiente para fortalecer el Mecanismo
Nacional de Prevención de la Tortura
ACUERDO:
La Secretaría de Derechos Humanos indica que está pedido presupuesto para
fortalecer el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y en el informe del
acuerdo del punto anterior constará la información del presupuesto previsto del
presente punto.
Se construya un protocolo de participación activa de los familiares de
personas privadas de libertad en monitoreo de la situación de sus derechos
en casos de atención a salud y otros
ACUERDOS:
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la
Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) actualizará el protocolo para el proceso
de rehabilitación y reinserción social y desarrollo de actividades que permitan
mejorar el estado de salud mental y emocional de las personas privadas de la
libertad, con la participación de las familias de las personas privadas de la libertad,
organizaciones sociales y las organizaciones de los pueblos y nacionalidades
indígenas.
Además, las organizaciones sociales y las organizaciones de los pueblos y
nacionalidades indígenas monitorearán la implementación del protocolo
mencionado en el párrafo anterior.
Exigimos la implementación urgente de un sistema automatizado de
seguimiento en el cumplimiento de la pena y su correspondiente
excarcelación
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad
y Adolescentes Infractores (SNAI) se compromete, hasta marzo del 2023, en
implementar en su sistema tecnológico y de registro biométrico los campos y/o
módulos informáticos que permitan el seguimiento en el cumplimiento de la pena de
las personas privadas de la libertad.
Se identifique a todas las personas privadas de libertad en situación de
vulnerabilidad, en especial las personas indígenas, con el fin de garantizar su
derecho a tener una decisión o sentencia con interpretación intercultural,
conforme así dispone el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo y el Código Orgánico de la Función Judicial. En especial proveer de
mecanismos que permitan identificar aquellos y aquellas que no tuvieron
buena defensa técnica, sufran condenas injustas o su proceso de rebajas o
conmutación de penas están sufriendo retrasos, y viabilizar un mecanismo
que permita garantizar el patrocinio jurídico para que puedan o revisar sus
sentencias, donde no se hizo la interpretación intercultural, interponer habeas
corpus, etc., con la participación de organizaciones indígenas
ACUERDOS:
Instalar, a partir del miércoles 19 de octubre del 2022, una mesa técnica entre las
Organizaciones de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, la Secretaría de
Derechos Humanos, SNAI, el Consejo de la Judicatura y Fiscalía General del
Estado, para identificar y evaluar la situación de las personas privadas de la libertad
que se auto identifican como parte de los pueblos y nacionalidades indígenas, y
garantizar el cumplimiento del Convenio No. 169 de la Organización Internacional
del Trabajo y el Código Orgánico de la Función Judicial.
El Consejo de la Judicatura liderará la mesa, coordinará las convocatorias y demás
actividades concernientes al diálogo entre los intervinientes.
El Consejo de la Judicatura invitará a la Defensoría Pública, a la Defensoría del
Pueblo y demás instituciones que considere necesarios para el cumplimiento del
acuerdo.
16.Generar un proceso de capacitación a través de la Secretaría de Derechos
Humanos y Consejo de la Judicatura, dirigido a los operadores de justicia,
acerca de la excepcionalidad de la prisión preventiva de tal suerte que esta sea
aplicada en casos de estricta necesidad y se encuentre limitada por los
principios de presunción de inocencia, legalidad, excepcionalidad,
proporcionalidad, interculturalidad, racionalidad y necesidaD
ACUERDOS:
La Secretaría de Derechos Humanos se compromete a coordinar los planes de
capacitación de los operadores de justicia, en temas de derechos humanos, con
relación a la excepcionalidad de la prisión preventiva, así como también en derechos
colectivos, en conjunto con el Consejo de la Judicatura y la Fiscalía General del
Estado.
Se garantizará la participación de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas en el
diseño de los contenidos y capacitación en derechos humanos, con relación a la
excepcionalidad de la prisión preventiva y derechos colectivos a los operadores de
justicia.
La Secretaría de Derechos Humanos presentará el cronograma del plan de
capacitación en Derechos Humanos y derechos colectivos, en 30 días, contados a
partir del día de hoy 30 de septiembre del 2022.
17.Facilitar los trámites para aprobar los traslados voluntarios de las personas
indígenas privadas de libertad, por acercamiento familiar desde cualquier
centro de privación de libertad hacia los centros de privación de libertad
cercanos a su núcleo familiar y social, a fin de garantizar y fortalecer su vínculo
y su identidad social y cultural
ACUERDO:
Se implementará la mesa técnica para analizar y actualizar el Art. 140 del
Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social. La mesa técnica estará
integrada por las Organizaciones de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas y
Organizaciones Sociales, el Directorio del Organismo Técnico (DOT) y el Servicio
Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y
Adolescentes Infractores, e iniciará actividades a partir del día 15 de octubre del
2022.
18.Facilitar los trámites y aprobar el Indulto presidencial, la conmutación o la
rebaja de penas según lo establece el art. 74 del COIP y no en base a
reglamentos o decretos que frenan posibilidades para acceder a estos
beneficios.
ACUERDOS:
Elevar el presente punto a la Mesa Coordinadora, donde están delegados de la
Presidencia de la República y de las Organizaciones Sociales y Organizaciones de
los Pueblos y Nacionalidades, para que puedan revisar la posibilidad de establecer
una mesa técnica para la evaluación y revisión de cada caso de las personas
privadas de la libertad que son de las comunidades y pueblos indígenas, a los que
se pueda aplicar el Art. 74 del Código Orgánico Integral Penal.
19.Facilitar los procesos de solicitud de régimen abierto, semiabierto y otros
beneficios penitenciarios
ACUERDO:
La mesa que se instalará para tratar el tema relacionado al análisis y actualización
del Art. 140 del Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, también
tratará el análisis y actualización del Art. 65 del Reglamento del Sistema Nacional
de Rehabilitación Social, que versa sobre el presente punto.
20.Emitir un decreto ejecutivo que viabilice la reparación integral de las
familias víctimas de las masacres carcelarias por vulnerar su derecho a la
integridad personal en la dimensión psicológica al generar traumas
irreparables en sus vidas, sobre todo a mujeres, niñas, niños y adolescentes
ACUERDO:
Una vez recibida las solicitudes de las organizaciones sociales, organizaciones de
los pueblos y nacionalidades indígenas, sobre el incumplimiento en la reparación a
las familias y personas afectadas en las masacres carcelarias, así como también la
reparación de las víctimas de las movilizaciones del año 2019 y 2022, se tratará en
el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, para gestionar
con la correspondiente entidad estatal que tenga la competencia del cumplimiento
de la correspondiente reparación.
Se construya una política pública de prevención de delincuencia juvenil,
con enfoque de derechos humanos y en la que se asegure la máxima
participación de la sociedad civil y que se asigne el presupuesto suficiente.
ACUERDO:
El diseño de la Estrategia Nacional de Seguridad Ciudadana se realizará con la
participación de las Organizaciones Sociales y las Organizaciones de los pueblos y
nacionalidades indígenas; participación que será vinculante, en la medida que los
aportes sean viables y consensuados entre las partes.
22.Exigimos ala Fiscalía ya los operadoresde justicia que la medidacautelar de
prisión preventiva seaaplicada en formaexcepcional conforme disponela
norma constitucional, así como,cuando se tratede miembros de los pueblosy
nacionalidades indígenasse realice la interpretación interculturaly en
esemarco, se apliqueotras medidas conforme asídispone el Convenio 169 de
la Organización Internacional del Trabajo, en sus artículos 8, 9 y 10
ACUERDOS:
El Consejo de la Judicatura conformará una mesa técnica con la participación de la
Fiscalía General del Estado, la Defensoría Pública, el SNAI y otras instancias que se
consideren necesarias, para que se cumpla el siguiente propósito:
Identificar, en el término de 60 días, investigaciones y procesos judiciales de los
años 2021 y 2022 en los que estén involucradas miembros de los pueblos y
nacionalidades indígenas que permita conocer de forma desagregada el estado de
las investigaciones o procesos, provincia, cantón, y otros datos de identificación de
las causas; de ser pertinente, centro donde están privados de libertad, y otras
variables que permitan contar con la información para la adopción de las políticas
que correspondan, partiendo de la información proporcionada del SNAI. Así como
otros casos, siempre y cuando se tenga los datos de auto determinación como parte
de los pueblos y nacionalidades indígenas, identificados por el SNAI u
organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas.
23.Cumplir con las recomendaciones del Informe elaborado por la
CIDHrespecto a las Personas Privadas de Libertad, publicado en el año 2022
ACUERDO:
La mesa técnica que se trató en el punto 17, tendrá como parte de la agenda el
seguimiento de la socialización sobre la implementación de las recomendaciones de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con relación a las personas
privadas de la libertad.
24.Fortalecer los programas de reinserciónsocial, mediante asignaciónde
presupuesto y personal que permita garantizar su eficacia para cumplir con la
finalidad de las penas
ACUERDO:
El presente punto está incluido en el acuerdo del punto 11 de la presente acta.
Que la Fiscalía General del Estado informe sobre los procesos de
investigación iniciados en contra de los servidores públicos que tenían el
deber de prevención frente a los motines
ACUERDO:
La Fiscalía General del Estado se compromete, en el plazo de 30 días, contados a
partir del día de hoy 30 de septiembre del 2022, a entregar a las Organizaciones
Sociales y Organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas, los estados
procesales de las investigaciones previas aperturadas con relación a los motines
carcelarios.
26.Crear mecanismos de alerta temprana para advertir, disuadir yenfrentar
amenazas y riesgos en el sistema penitenciario
ACUERDO:
En el informe del que participa el SNAI, aprobado en el punto 22 de la presente acta,
el SNAI incluirá el cronograma de ejecución e implementación del sistema de alertas
tempranas, a través de las Direcciones de Inteligencia y Riesgo Penitenciario.
27 .Crear, actualizar y socializar los protocolos necesarios que deben
aplicarsefrente a la intervención en crisis
ACUERDO:
La mesa técnica que se trató en el punto 17 de la presente acta, tendrá como parte
de la agenda la socialización sobre los mecanismos de prevención análisis de riesgos
penitenciarios, a través de las direcciones de inteligencia y riesgos penitenciarios, a
cargo del SNAI.
28.Incrementar el personal destinado a la seguridad y vigilancia, así como
dotarlo de equipo necesario para queintervengan de maneraeficaz ante
laocurrencia de motines,de forma tal quesu actuar oportunoprevenga en la
medidade lo posible,y partiendo deun enfoque de derechos humanos, la pérdida
de vidas humanas
ACUERDOS:
El Gobierno Central se comprometerá en trabajar en un proyecto de Ley Orgánica,
con la que se revisará la institucionalidad del SNAI, para que sea un servicio público
de relevancia.
La mesa técnica que se trató en el punto 17 de la presente acta, tendrá como parte
de la agenda la problemática relacionada con el presente punto.
Transparentar el presupuesto, los acuerdos y conveniosmantenidos con
EE.UU,en el marco de la seguridad
ACUERDO:
El Gobierno, a través del Ministerio de Gobierno, se compromete a solicitar a la
Cancillería información sobre los acuerdos suscritos con el Gobierno de Estados
Unidos, para que sea entregado a las Organizaciones Sociales, Organizaciones de
los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, hasta el 12 de octubre.
Entregar los resultados delCenso Penitenciario, dondese identifique
elnúmero de personas indígenas,los delitos investigados,y el estado de sus
procesos, así como, sedetermine porque no sehan realizado
lainterpretaciónintercultural al emitir las resoluciones correspondientes
ACUERDO:
El SNAI se compromete en socializar los resultados del censo penitenciario, a las tres
organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas, hasta el mes de febrero
del año 2023.
Establecer estrategias adecuadas yeficaces para desmantelarlas
estructuras criminales arraigadas en los centros penitenciarios que controlan
diversas actividades delictivas, tales como el tráfico de drogas, alcohol y el
cobro de cuotas extorsivas a otras personas detenidas
ACUERDO:
El SNAI indica que se ha tratado en la petición 26 de la presente acta y que puede
tener el mismo acuerdo alcanzado, por ser parte de las alertas tempranas de
seguridad.
32.De acuerdo con las recomendaciones de la CIDH de febrero de 2022, revisar y
modificar la legislación que sanciona con privación de libertad aquellas
conductas que por sus características e impactos no deberían ser
criminalizadas; de manera especial, los tipos penales utilizados para la
criminalización de la protesta.
La Defensoría Pública informe cuántas personas indígenas privadas de
libertadreciben patrocinio de esta entidad, donde se encuentran, por qué
delitos.
DESACUERDOS:
No se puede tratar los petitorios por no estar presente la Defensoría Pública, a pesar
de haber sido invitada a la presente mesa, por parte de la Conferencia Episcopal
Ecuatoriana.
SEGURIDAD CIUDADANA CON ENFOQUE EN DERECHOS HUMANOS
Cualquier iniciativa de un “Plan Ecuador” o similares es inconstitucional al
contradecir al Ecuador como territorio de paz, conforme lo establece el artículo
5 de la Constitución de la República del Ecuador.Se deberán suspenderlas
negociaciones parala implementación de un “Plan Ecuador”; y en alternativa, se
buscará la cooperación internacional en el seno de Naciones Unidasy otros
organismossimilares, bajo unenfoque de derechoshumanos e interculturalidad,
para responder al crimen organizado y a la delincuencia transnacional
ACUERDOS:
El Gobierno aclara que no existe un Plan Ecuador, sino una Cooperación de lucha
contra delitos de narcotráfico y fondos para atender la seguridad integral, como parte
del Plan Nacional de Seguridad Integral, el mismo que se ajustó al Plan Nacional de
Desarrollo. El Gobierno se compromete en respetar el Art. 5 de la Constitución de la
República del Ecuador.
La política pública de seguridad integral no puede seguir basada en
nociones securitistas y punitivistasni estar determinadaunilateralmente por el
gobiernode turno. Enun Estado plurinacional eintercultural, la políticade
seguridad debebasarse en derechoshumanos, colectivos y dela naturaleza
yser resultado deun consenso amplioe inclusivo. Seestablecerá una mesa
técnicade construcción participativade la política deseguridad integral a
lacual se convocará a las organizaciones sociales, organizaciones de los
pueblos y nacionalidades, academia, cámaras deproducción, organismos
internacionales, etcétera .El gobierno asignará los recursos suficientes para
la conformación y funcionamiento de este mecanismo.
La política pública de seguridad estará orientado al buen vivir, económico,
cultural, ambiental, salud integralde la población, especialmente de
lossegmentos más marginadosy excluidos. Esta políticaincluirá la
prevenciónde adicciones enla población joven.La mesa técnica estableceráun
equipo técnicointegrado por personas expertas designadas por el gobierno,
las organizaciones delmovimiento indígena yun organismo internacionalque
puede ser la oficina de ONU Ecuador. Este equipo técnico presentará un plan
de intervención bajo las directrices que elaborela mesa técnica .El gobierno,
mediantedecreto, creará lamesa técnica señalada en este acápite.
Lanormativa que regule el funcionamiento de esta mesa técnica será
elaborada en coordinación y con participación de las comunas,
comunidades, pueblos, nacionalidades y otras organizaciones sociales.
ACUERDO:
El Gobierno tiene la apertura para que, en el diseño y preparación del Plan
Nacional de Seguridad Integral, se lo realice con la participación de las
organizaciones sociales y organizaciones de los pueblos y nacionalidades
indígenas, mediante cualquier mecanismo de participación ciudadana, por ejemplo,
talleres, encuestas, reuniones de trabajo, entre otros.
El femicidio requiere reparación integral. No hay mecanismos de
reparación integral para las víctimas de feminicidio. Lo que hay son acciones
inefectivas de “atención a víctimas”. No han sido determinadas
participativamente y carecende mecanismos ágiles deacción. La Secretaría de
Derechos Humanos garantizarála reparación integrala las familiasvíctimas de
femicidio através de accionesdeterminadasparticipativamente y articuladas
con lasdemás agencias gubernamentales pertinentes. Esta atención incluye el
acompañamiento psicosocial permanente, atención ensalud, entrega debonos,
entrega deraciones alimenticias, programas de inserción/reinserción laboral,
de becas escolares y acceso a la vivienda. El gobierno asignará el
presupuestonecesario para la revisiónde marcos normativose institucionales,
definiciónde programas y su implementación efectiva. Los bonos y demás
tipos de asistencia no pueden seguir sujetos a requisitos imposibleso difíciles
de cumplir. Por ejemplo: -documentación habilitante al día.En el casode
papeleta devotación, esto implicael pago demultas en muchoscasos. La cédula
actualizada es otro ejemplo. -La prueba de tenencia de niñas, niños y
adolescentes es una resolución de la Junta de Protección de Derechos que
requiere un trámite adicional y engorroso. La apertura de una cuenta bancaria
en el BIESS. En laimplementación de lascasas de acogida,debe garantizarse
demanera transversal la plurinacionalidad, lainterculturalidad y laterritorialidad
a finde que se implemente una reparación adecuada alas víctimas
deviolencia. Debe existirla participación delas organizaciones sociales y
organizaciones de pueblos y nacionalidades
La Secretaría de DDHH garantizará ycoordinará con lasdemás instancias
delsistema de protección yatención a víctimasla implementación efectivade
medidas dereparación, determinadas como manda la norma y
enarticulación entre todas las instancias gubernamentales competentes. Se
deben asegurar los fondos suficientes y eficientespara garantizar la reparación
integral.